Japón aprobó este jueves (13) el proyecto de ley que obliga a Apple y Google a liberar tiendas de apps de terceros en sus productos. La legislación entrará en vigor a partir del final de 2025, dando 18 meses para que las big techs se ajusten a las nuevas normas del país. La ley es muy similar a la Ley de Mercados Digitales (DMA en inglés) de la Unión Europea, que obligó a Apple a abrir el iOS para otras tiendas de app.
La llamada Ley sobre Promoción de Competencia para Software de Smartphones Específicos también obliga a Google y Apple a permitir que los desarrolladores usen sus propios medios de pago en sus apps.
Otra similitud con la ley europea está en la exigencia de que los sistemas operativos faciliten la sustitución de herramientas estándar en los dispositivos. Este punto es citado como el motivo del crecimiento de descargas de nuevos navegadores en la Unión Europea. Las empresas también no pueden favorecer los servicios en los resultados de búsqueda.
Japón aprueba ley que obliga a Apple a permitir tiendas de apps de terceros en iOS, poniendo fin al monopolio de la App Store (imagen: Emerson Alecrim/Tecnoblog)
Ley japonesa no tiene criterios claros sobre big techs
Un punto bien diferente de la ley japonesa en relación con la DMA está en la clasificación de qué compañías tendrán que seguir las exigencias del texto.
La legislación no tiene criterios claros sobre la definición de una empresa que actúa en oligopolio.
Hasta el momento, solo Apple y Google se ajustan a la definición de la ley — pero es probable que Microsoft y Meta sean afectadas por el texto. En el caso de Microsoft, tenemos como ejemplo los casos del Edge casi suplicando para ser el navegador predeterminado.
En la UE, la cantidad de usuarios define el tamaño de las plataformas. Por ejemplo, iMessage no tiene suficientes usuarios para que tenga interoperabilidad con otras aplicaciones de mensajería. Mientras que WhatsApp será obligado a comunicarse con otras aplicaciones.
Las empresas que violen la ley serán multadas hasta un 20% de la receita del servicio en cuestión. Por ejemplo, si Google es culpable de favorecer Chrome en las búsquedas, el 20% se aplica sobre la receita del navegador. En reincidencias, la multa asciende a un 30%.